viernes, 1 de febrero de 2013

PARAGUAY: Jubilación para trabajadores domésticos en espera

El Proyecto de Ley, “Que otorga derecho de jubilación a las trabajadoras/es domesticas”, es otro de los documentos que esperan su tratamiento, a la vuelta del receso parlamentario, que se dará a partir del próximo 2 de marzo.
 
La iniciativa, que fue presentado por el diputado David Ocampos (UNACE-Central), y se encuentra actualmente en la Comisión de Justicia, Trabajo y Previsión Social, se refiere a la situación de las empleadas domésticas, quienes no cuentan con derecho a la jubilación.

“Es decir, tenemos en el Paraguay a una considerable cantidad de empleados, que a pesar de trabajar casi toda la vida, no tienen el derecho a un descanso jubilatorio, que los demás trabajadores del país gozan, viéndose de esta manera obligadas a trabajar hasta que las fuerzas no le den, o esperando ser recogidas por algún familiar piadoso”, señaló el parlamentario Ocampos, justificando su proyecto.

La intención del parlamentario, es encontrar una solución, en gran medida, por medio de una carga al sector directamente beneficiado, es decir el empleador, y por otra parte con una carga o subsidio a cargo de la sociedad.

Los trabajadores domésticos, que realicen su tarea residiendo en el lugar de trabajo, conocido como de modalidad sin retiro y aquellas contratadas sin residir en su lugar de trabajo, conocido bajo la modalidad con retiro, que cumplan la carga horaria mínima de 48 horas semanales al servicio del mismo empleador, serán incorporadas al régimen general de seguro obligatorio del Instituto de Previsión Social.

La edad mínima para la jubilación será de 65 años, siendo el resto del régimen similar que para el resto de los aportantes del I.P.S.

Los trabajadores domésticos que no realicen las 48 horas de trabajo semanal, continuado a favor de un mismo empleador, serán incorporados bajo el régimen de jubilación como trabajador independiente, debiendo proporcionalmente aportar cada trabajador conforme al monto establecido en la presente Ley. En este caso, la trabajadora doméstica será la encargada de la inscripción y pago regular de cotizaciones al Instituto de Previsión Social.

Fuente:
http://www.lanacion.com.py/articulo/111446-jubilacion-para-trabajadores-domesticos-en-espera.html

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