viernes, 19 de abril de 2013

Diez millones de empleadas del hogar conquistan en Brasil dignidad laboral

La Presidenta de Brasil, Dilma Rousseff, a la derecha, abraza a Creuza Maria Oliveira, Presidenta de la Federação Nacional das Trabalhadoras Domésticas en 2011. / AP
 
 
Los diez millones de empleadas del hogar de Brasil han conseguido ser equiparadas, en todo, a los demás trabajadores del país e, incluso, con algunas ventajas adicionales. La ley aprobada el pasado día 27 de marzo y que ya ha entrado en vigor ha constituido una de las mayores revoluciones en el campo del trabajo desde que existe la Constitución Republicana. Hay hasta quién, con énfasis, considera la fecha de aprobación de esta ley como el “fin de la esclavitud”, y no la de 1888 cuando Brasil fue el último país del mundo en abolirla definitivamente.
Sin normas claras que obligaran a los patronos a ofrecerles condiciones dignas de un trabajador moderno, hasta la fecha vivían a merced de la buena voluntad de las familias que las contrataban.
Se calcula que antes de la ley sólo un 30% de los por lo menos diez millones de esas trabajadoras recibía un salario mínimo y se les respetaban las 48 horas de trabajo semanales.
La nueva ley es muy severa y se calcula que por lo menos un millón de familias tendrá que despedir a sus empleadas por falta de recursos para cargar con las condiciones laborales que ahora se exigen. La norma es tan completa, y a veces tan compleja, que las familias han tenido que recurrir a los abogados para poder ponerse al día en sus deberes con la empleada. El diario Folha de São Paulo llegó a responder a 60 dudas presentadas por los lectores sobre la ley.
La labor de la empleada del hogar es diferente de la que trabaja en un comercio, una oficina o una fábrica. A veces los horarios son muy variados. Algunas familias necesitan de ellas por las noches o en los fines de semana. Las hay que viven las 24 horas en familia, donde reciben alimento y habitación. Se da hasta el caso de las empleadas de las empleadas, las mujeres que trabajan en una familia el día entero y necesitan pagar a una niñera para que cuide del hijo o los hijos pequeños ya que en Brasil el 90% de las escuelas públicas son de media jornada. Esas empleadas no podrán contratar ahora a niñeras, ya que bastan tres jornadas de trabajo semanales para crear vínculo de trabajo laboral con todos los derechos –salario mínimo y regularización-, algo imposible de soportar para quién gana un sueldo base.
Las empleadas del hogar podrán trabajar sólo 44 horas semanales. No se permitirá cubrir más de dos horas extras diarias que deberán ser pagadas con un aumento del 50%. Tendrán derecho a la paga extraordinaria de Navidad y a un mes de vacaciones remuneradas. Junto a ello, la familia tendrá que pagar los derechos de la seguridad social, el Fondo de garantías del trabajador y el seguro de desempleo.
Para las madres que tengan niños en la guardería deberán pagársela donde no tengan posibilidades de acudir a una guardería pública. Tendrán licencia maternidad, y en caso de despido no justificado deberá abonárseles el 40% del Fondo de garantía.
La ley es tan meticulosa que, por ejemplo, la empleada que pase el día entero en familia, acabada su jornada de trabajo, no podrá realizar actividad alguna, ni siquiera ayudar a poner la mesa y deberán descansar por lo menos 24 horas seguidas a la semana.
En cuanto al horario nocturno, desde las ocho de la noche a las seis de la mañana, además de ser pagadas con un 50% más, serán contabilizadas como 52 minutos y 30 segundos cada una.
Hay algo que es cierto: en las familias, en la calle y en los bufetes de los abogados no se habla hoy de otra cosa en Brasil. Hace ya un tiempo, el exministro de Economía Delfim Neto tuvo que pedir públicamente perdón, por haber afirmado que dentro de poco, en Brasil las domésticas de hogar serían “un animal en extinción”.
No lo van a ser. Serán trabajadoras, la mayoría de color y sin estudios, con todos los derechos laborales y ya nadie podrá tratarlas como antaño a las esclavas, ni los restaurantes de lujo obligarán a estas mujeres que acompañan a veces a sus patronos con los niños, a tener que ir uniformadas “para no confundirlas con la familia”, como se suele alegar. La nueva norma, con todas sus críticas y posibles complicaciones jurídicas, es una de las mayores conquistas sociales de este país en muchos años.
 
Fuente: EL PAÍS

miércoles, 17 de abril de 2013

CFK: “Para pobres e invisibles no hay cautelares”

La presidenta de la Nación destacó la devolución de derechos a trabajadores de casas particulares, especialmente de las mujeres. Y recordó que el régimen anterior se regía por un decreto de 1956, que ningún juez cuestionó en seis décadas.
 

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Por Sebastián Premici
Fuente:http://www.pagina12.com.ar/diario/economia/2-217867-2013-04-12.html
 
 
“Los trabajadores y trabajadoras de casas particulares tienen los mismos derechos que cualquier otro trabajador. Si quieren, no digan que fue este gobierno o este Congreso el que sancionó la nueva ley. Pero que todos se enteren de que cada vez hay más derechos para todos.” Con estas palabras, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner firmó la promulgación del nuevo régimen de contrato de trabajo para el personal de casas particulares, una norma que otorga derechos a un millón de personas. La nueva norma establece la licencia por maternidad, vacaciones pagas, aguinaldo, indemnización por despido y limita la jornada de trabajo a ocho horas diarias. Todos estos derechos estaban cercenados en el decreto-ley de la dictadura de Pedro Eugenio Aramburu, vigente hasta ayer. “Para los invisibles y pobres no hay cautelares ni inconstitucionalidades. Por eso resulta tan necesaria una reforma en la Justicia (...). En 60 años no hubo una sola medida cautelar ni juez que declarara la inconstitucionalidad de este decreto”, sostuvo la mandataria.
El proyecto de ley había sido enviado al Congreso en marzo de 2010, cuando la oposición tenía predominio en el recinto. La iniciativa estuvo frenada durante un año, hasta que en marzo de 2011 llegó la media sanción, con varios cambios al proyecto original. Las modificaciones introducidas en la Cámara baja fueron corregidas en el Senado, sumado a algunas dilaciones en ese cuerpo, por lo que el proyecto volvió a Diputados, alcanzando su sanción definitiva en marzo de este año.
“Hoy estamos consagrando un viejo proyecto. Como diría (Carlos) Tomada, el sueño incumplido de Eva. Ella logró la sanción del estatuto del peón rural, pero cuando se avocó al estatuto de trabajadoras de casas particulares, la sorprendió la muerte. El decreto-ley de la dictadura que derrocó al peronismo dejaba a las trabajadoras del sector afuera del 14 bis de la Constitución Nacional, también del artículo 16, y del 28, que establece que no puede haber leyes que cercenen derechos reconocidos por la propia Constitución”, argumentó Fernández de Kirchner.
Según el Centro de Estudios Mujeres y Trabajo (Cemyt), entidad vinculada con la CTA de Hugo Yasky, existen en el país más de un millón de trabajadoras y trabajadores de casas particulares, de los cuales el 95 por ciento son mujeres. Además, de ese total, un 85 por ciento estaría en la informalidad, y en algunos casos con situaciones de servidumbre y vasallaje, hechos sólo comparable con los trabajadores rurales.
“La decisión de promover la sanción del proyecto se fundamenta en la situación de marcada desprotección que evidencian las personas que se desempeñan laboralmente en el trabajo doméstico para terceros, sin que exista una justificación para ello ni se compadezca con la evolución social y jurídica alcanzada en la República Argentina”, puede leerse en los fundamentos del texto original enviado por el Ejecutivo.
A partir de ahora se establece una jornada limitada de ocho horas diarias y 48 horas semanales, con un descanso semanal de 35 horas corridas. Para el personal sin retiro se fija un reposo nocturno de ocho horas ininterrumpidas y un descanso diario de dos horas entre las tareas matutinas y vespertinas. Por más raro que resulte en pleno siglo XXI, la norma estipula que los empleadores deberán entregarles a las trabajadoras y trabajadores ropa y elementos de trabajo; alimentación sana, suficiente y que asegure la perfecta nutrición del personal. Además estarán obligados a contratar a favor del personal un seguro por los riesgos del trabajo.
La nueva ley fija el pago de horas extra. “El empleador deberá abonar al personal que prestare servicios en horas suplementarias un recargo del 50 por ciento calculado sobre el salario habitual si se tratare de días comunes y del 100 por ciento en días sábados después de las trece horas”, puede leerse en el texto de la ley promulgada ayer.
De la misma manera que en otras actividades, las variaciones salariales serán fijadas por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (Cntcp), que estará integrada por representantes titulares y suplentes del Ministerio de Trabajo, Desarrollo Social, Economía, los empleadores y las trabajadoras y trabajadores.
El decreto-ley de Aramburu no contemplaba ninguna protección para las trabajadoras embarazadas. Ahora se prohíbe el trabajo durante los 45 días anteriores y posteriores al parto. Durante esa licencia, la trabajadora conservará su empleo y accederá a las asignaciones que le confieran los sistemas de seguridad social equivalentes a su remuneración. “Con tanto camarista suelto, juez titular o subrogante repartiendo cautelares, nadie declaró inconstitucional este decreto que condenaba a las mujeres a no tener los derechos laborales consagrados en la Constitución. Luego de casi 60 años, es algo que nos debíamos”, concluyó Fernández de Kirchner.

ARGENTINA: El Gobierno reglamentó la ley de servicio doméstico

Con su publicación en el Boletín Oficial, entró en vigencia la normativapresentada ayer por la presidenta Cristina Kirchner que amplía los derechos laborales para ese sector, en el que está registrado sólo el 30 por ciento de los trabajadores. El titular de la cartera laboral, Carlos Tomada, aclaró que los trámites de regularización que los empleadores deben hacer ante la AFIP "no cambiaron para nada" y subrayó que "lo único que cambia es que ahora las empleadas tienen los derechos de cualquier trabajador".
 
 
 
 
 
 
La ley, que fue sancionada en marzo de este año por el Congreso nacional, otorga derechos a un millón de personas, establece la licencia por maternidad, vacaciones pagas, aguinaldo, indemnización por despido y limita la jornada de trabajo a ocho horas diarias. Todos estos derechos estaban cercenados en el decreto-ley de la dictadura de Pedro Eugenio Aramburu, vigente hasta ayer.
Durante una entrevista televisiva, Tomada destacó que la nueva normativa "no sólo se extienden los derechos" de las trabajadoras (porque la mayoría son mujeres), sino que posibilita al Gobierno a "avanzar en el registro" del sector.
"Es un sector que tiene un alto nivel de informalidad. Es que durante 60 años, a todo el mundo le pareció normal que una persona tenga distintas vacaciones, peor indemnización, ningún régimen horario y ni siquiera protección para la maternidad", analizó.
Además, el funcionario precisó que del millón de empleados del rubro, "sólo el 30 por ciento de las trabajadoras está registrado", mientras que "el resto está en la informalidad". Incluso, agregó, "la gran mayoría tiene uno o dos empleos de más de cuatro horas" para poder alcanzar un salario promedio.
A la vez, añadió que el trámite de blanqueo que tienen que hacer los empleadores ante la Administración Federal de Ingresos Públicos "no cambia en nada", sino que "lo único que cambia es que ahora la trabajadora tiene acceso a los derechos de cualquier trabajador".

jueves, 11 de abril de 2013

URUGUAY: Acuerdo en Sector Doméstico

Nuevo convenio rige hasta el 31/12/2015
FUENTE: http://www.mtss.gub.uy/



Esta tarde en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social se firmó el Convenio Colectivo del Grupo 21 Sector Doméstico con vigencia desde el 1º de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2015, y que comprende a un total de 120 mil trabajadores en todo el país. El acuerdo alcanzado establece tres franjas de aumentos salariales: la primera de 11,84%, para aquellas trabajadoras que perciben un salario de hasta $ 10.454 (diez mil cuatrocientos cincuenta y cuatro pesos) mensuales o hasta $ 55 (cincuenta y cinco pesos) la hora; la segunda supone un incremento 10,83% para quienes ganan hasta $ 12.355 (doce mil trescientos cincuenta y cinco pesos) o hasta $ 65 (sesenta y cinco pesos) la hora; y la tercera fraja establece un aumento de 9,66%, para quienes ganan más de $ 12.355 (doce mil trescientos cincuenta y cinco pesos) o más de $65 (sesenta y cinco pesos) por hora.

martes, 9 de abril de 2013

URUGUAY: Aumento a empleadas domésticas ronda el 10%

 

Fuente: 
http://www.subrayado.com.uy/Site/noticia/22379/aumento-a-empleadas-domesticas-ronda-el-10

Si no surgen sorpresas de último momento el acuerdo se firma esta semana. Son aumentos diferenciales de acuerdo a nivel de salarios para 120.000 empleadas.
En el Ministerio de Trabajo y en el sindicato de empleadas domésticas sostienen que está todo listo para que esta semana se firme un nuevo convenio colectivo en el sector.
El convenio fija aumentos de salarios diferenciales en función de los ingresos. Las empleadas domésticas que ganen menos tendrán un aumento de 11,84%, mientras que las que tengan sueldos más altos recibirán un incremento de 9,66%. Para quienes tengan sueldos de nivel medio el aumento será de 10,83%.
El sindicato de empleadas domésticas está esperando que el Ministerio de Trabajo las convoque para firmar el convenio esta semana. En Ministerio sostiene que están dadas las condiciones para firmar esta semana pero hasta que no se concrete no lo anunciarán.
Hasta último momento puede haber un retroceso en las negociaciones, afirman en esa secretaría de Estado.
El convenio entre las empleadas domésticas y la liga de amas de casa (patronal) viene siendo discutido desde diciembre sin acuerdo, hasta ahora.
Los ajustes deberán ser retroactivos a enero de 2013, cuando debió comenzar a regir un nuevo convenio con aumento incluido.

lunes, 1 de abril de 2013

En el país, 4 de cada 5 trabajadoras domésticas carecen de prestaciones

Existen 2.2 millones de personas que se dedican al trabajo del hogar, de las cuales, un millón 991 mil son mujeres, según datos del Inegi.


Fuente: La Jornada en línea / Agencias
Publicado: 30/03/2013 13:42
México, DF. En México, 1.3 millones de los hogares contratan trabajadoras domésticas, lo que representa 5.1 por ciento de la población mexicana que “contrata” estos servicios, sin embargo, 4 de cada 5 carece de cualquier tipo de prestaciones.
Existen 2.2 millones de personas que se dedican al trabajo del hogar, de las cuales un millón 991 mil 646 son mujeres, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
El 96 por ciento de los y las trabajadoras domésticas carece de acceso a servicios de salud pública y del 4 por ciento restante, el 1.3 por ciento se atiende en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y 2.7 por ciento en otras instituciones.
De acuerdo a las encuestas, se contabiliza que por lo menos 189 mil 452 hombres se emplearon como trabajadores del hogar.
Día Internacional de las trabajadoras del hogar
El 30 de marzo fue declarado Día Internacional de las trabajadoras del hogar derivado de una iniciativa del primer Congreso de Trabajadoras del Hogar realizado en Bogotá, Colombia en 1998 cuyo objetivo es hacer respetar los derechos de este tipo de empleados.
En él, se formó la Confederación Latinoamericana y del Caribe de Trabajadoras del Hogar (CONLATRAHO) y se instituyó esta fecha como conmemorativa y de reivindicación de este sector compuesto en su mayoría por mujeres indígenas o en situación de pobreza.
Según el último informe sobre trabajadoras del hogar del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), el 76.8 por ciento de las trabajadoras del hogar tiene un estrato socioeconómico bajo y medio bajo; 16 por ciento tiene un estrato medio alto y sólo 7.2 por ciento, un estrato alto.
Incluir a trabajadoras del hogar en ley laboral: Copred
El Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (Copred) urgió a una reforma laboral incluyente en la que se reconozca el valor económico y social del trabajo que realizan, y llamó a no discriminar a este gremio.
De igual forma, mencionó que es indispensable que el Senado de la República ratifique el Convenio sobre el Trabajo decente para las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos (número 189) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que establece las condiciones mínimas laborales y de seguridad social para este sector.
Discriminación en San Luis Potosí
En el marco del Día Internacional de las Trabajadoras del Hogar, el legislador denunció abusos cometidos en contra de las trabajadoras domésticas, sobre todo indígenas provenientes de la Huasteca, tanto en el estado como en otras entidades, a donde son llevadas para que realicen dicha tarea.
"Hemos detectado que se cometen abusos en contra de las trabajadoras, sobre todo porque son llevadas a otros lugares, entonces tienen que vivir en la casa del patrón, trabajan seis días a la semana sin un horario fijo, pues a la hora que llegue el jefe deben atenderlo" refirió.
Ante esta situación, el presidente de la Comisión de Asuntos Indígenas del Congreso del estado resaltó la necesidad de revisar la ley en esta materia, pues consideró que "aún quedan algunos rezagos importantes, los cuales se tienen que estudiar a fondo para ir adecuando los puntos que la sociedad requiera".
Empleadas domésticas en Chiapas
La situación de las empleadas domésticas en la entidad presenta similitudes con el resto del país, pero también cuenta con características que la hacen particular, pues en su mayoría proviene de zonas indígenas pobres.
La Población Económicamente Activa (PEA) en Chiapas es de dos millones de personas, casi 800 mil de ellas son mujeres y más de 13 por ciento de ellas ejerce servicio como empleada doméstica, mientras habita en zonas marginadas de las ciudades, según reportes del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
Muchas mujeres emigran a las ciudades a temprana edad, siendo trabajadoras en casas ajenas desde la infancia, laborando jornadas extensas por salarios muy bajos y en condiciones de esclavitud.
Se enfrentan al racismo, a la discriminación y la explotación, no son sujetas a contratos, ni prestaciones, en muchos casos ni siquiera se les reconoce como trabajadoras, de acuerdo con la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE).
Numerosas mujeres jóvenes inmigrantes campesinas e indígenas encuentran en el empleo doméstico una de sus primeras opciones para subsistir en las ciudades, indicó.
El empleo doméstico continúa siendo es una opción para las mujeres jóvenes, pues un buen número de niñas, adolescentes, jóvenes y adultas se emplean en el trabajo doméstico en esta ciudad con salarios miserables o comida y ropa como pago, destacó.

Conquista en Brasil
Consideradas durante décadas por la Constitución como ciudadanos de segunda clase, las empleadas domésticas de Brasil acaban de conquistar beneficios como la jornada de ocho horas.
Una enmienda constitucional aprobada por el Congreso en la noche del martes elimina una cláusula que trata a los empleados domésticos como una categoría especial de trabajadores, una muestra de cómo el boom económico de la última década equilibró algunas de las profundas desigualdades sociales de Brasil.
"Estamos finalmente enterrando el último resquicio de la esclavitud", dijo el senador Antonio Carlos Valadares a sus colegas antes de que la enmienda fuera aprobada por unanimidad.
Brasil fue el último país del hemisferio occidental en abolir la esclavitud en 1888 y la Constitución escrita 100 años después reforzó la idea de una relación única entre las familias y sus sirvientes.
Con la enmienda constitucional, las empleadas tendrán los mismos derechos que otros trabajadores brasileños: desde jornadas de ocho horas a guarderías pagadas por sus empleadores u horas extras.
Hasta 2011, se calculaba que 6.1 millones de mujeres trabajaban en el servicio doméstico, un 15 por ciento de todas las trabajadoras de Brasil, siendo esta la tercera mayor ocupación en el país, según el Instituto Brasileño de Geografía y Estadística (IBGE, oficial).